Declaración para los profesionales de la salud: cómo se regulan las vacunas contra la COVID-19 para garantizar que son seguras y eficaces
- netmd
- 21 de junio de 2021
- Medicina General e Interna
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Declaración conjunta de la Coalición Internacional de Autoridades Reguladoras de Medicamentos y la Organización Mundial de la Salud
11 de junio de 2021
Los profesionales de la salud y las autoridades de salud pública son esenciales para explicar la vacunación contra la COVID-19 a sus pacientes. Las vacunas son fundamentales para prevenir la hospitalización y las consecuencias mortales de las enfermedades infecciosas. De acuerdo con los datos recientes sobre eficacia, las vacunas autorizadas están ayudando a controlar la propagación de esta enfermedad. Con todo, hasta que no se generalice la vacunación, tanto las personas vacunadas como las que todavía no lo están deben conocer cuáles son las medidas protectoras que se necesitan adicionalmente para controlar la pandemia a nivel local.
La repercusión mundial de la pandemia de COVID-19 ha despertado un nivel de interés sin precedentes en varias cuestiones relativas a las vacunas, incluidas su desarrollo, su evaluación por las autoridades y la vigilancia de su seguridad, que ha tenido mucha resonancia en los medios de comunicación y las redes sociales. Al conocer casos de eventos adversos (efectos secundarios), algunas personas han expresado dudas ante la posibilidad de vacunarse, han preferido esperar para hacerlo e incluso se han opuesto frontalmente a la vacunación, y sabemos también que el grado de confianza de cada persona en los sistemas nacionales de vigilancia de la seguridad puede variar. Otro problema que se encuentra a la hora de explicar la importancia de vacunarse contra la COVID-19 es que los síntomas más leves de esta enfermedad en los jóvenes pueden llevarlos a pensar que es inútil vacunarse, incluso hasta que haya más datos que confirmen que las vacunas reducen la transmisión y que son eficaces contra las variantes del virus. Por consiguiente, es fundamental informar de forma clara y coherente para ayudar a todas las personas a tomar la decisión de vacunarse.
Somos conscientes de que tanto usted como sus colegas y sus pacientes deben de formularse muchas preguntas sobre el desarrollo de las vacunas contra la COVID-19, su evaluación por las autoridades reguladoras y la vigilancia permanente de su seguridad.
Finalidad de la declaración
Mediante esta declaración conjunta, la Coalición Internacional de Autoridades Reguladoras de Medicamentos (ICMRA)* y la Organización Mundial de la Salud (OMS) pretenden ayudar a responder a las preguntas de los profesionales de la salud sobre la función de las autoridades reguladoras en la vigilancia de las vacunas contra la COVID-19. Concretamente, explicamos aquí la exhaustiva evaluación científica a que se someten las vacunas para determinar que son seguras, eficaces y de calidad, así como la vigilancia estrecha y continua de su seguridad que se mantiene tras su autorización.
Se ha demostrado que la vacunación reduce los índices de síntomas graves y de defunciones causados por la COVID-19 y que permite disminuir la transmisión del virus que la causa. Por consiguiente, es importante vacunar al máximo posible de personas para reducir la propagación de esta enfermedad. Al vacunar a una parte significativa de la población se protege también a las personas vulnerables, como aquellas a quienes no se puede vacunar y la pequeña proporción de personas que continúan corriendo riesgo de infectarse tras la vacunación. Si no se generaliza la vacunación, el virus continuará circulando y aparecerán variantes, algunas de las cuales podrían aumentar los riesgos para la población. Por otro lado, la vacunación generalizada ayudará reducir el número de personas enfermas y que acuden a los hospitales, lo cual redundará en una disminución de la carga que representa esta enfermedad para los sistemas de salud. Por último, la vacunación nos permitirá recuperar el funcionamiento normal de nuestras sociedades y reabrir nuestras economías.
El proceso regulador de las vacunas
¿Qué tipo de evaluación de las vacunas contra la COVID-19 llevan a cabo las autoridades reguladoras?
Las autoridades reguladoras evalúan la evidencia científica y clínica que proporcionan los fabricantes de vacunas, quienes, por obligación legal, deben cumplir determinadas normas relativas a la presentación de datos. Además, dichas autoridades supervisan los estudios clínicos y las prácticas de fabricación. Tras la preceptiva evaluación, los datos de los ensayos clínicos sobre las vacunas se ponen a disposición, ya sea en su totalidad o resumidos. Las autoridades reguladoras evalúan exhaustivamente la seguridad, la eficacia y la calidad farmacéutica de cada vacuna para determinar si se autoriza su uso. Con ese fin, estudian la evidencia científica obtenida durante la investigación preclínica en el laboratorio, los ensayos clínicos en seres humanos y la información sobre la fabricación a fin de conocer los beneficios de las vacunas candidatas y los riesgos a que exponen.
Las autoridades reguladoras también pueden pedir consejo a los comités independientes de asesoramiento científico con el fin de obtener la información necesaria para autorizar o no la comercialización de una vacuna. Dichos comités están integrados por especialistas en ciencia, medicina (entre otras disciplinas, en enfermedades infecciosas) y salud pública y, a menudo, también por representantes de las asociaciones de consumidores y de profesionales de la salud.
Las autoridades de salud pública, que desempeñan funciones distintas de las autoridades reguladoras, elaboran y ejecutan programas de vacunación, a menudo en colaboración con comités de expertos que les asesoran sobre cuestiones técnicas relativas a la inmunización. Con ese fin, determinan cuáles son los grupos a los que se deben administrar prioritariamente vacunas específicas, emiten recomendaciones adicionales y brindan información más ampliamente sobre las vacunas y la inmunización. Además, colaboran con los organismos de reglamentación para mantener la vigilancia de la seguridad de las vacunas después de que se haya autorizado su uso.
En general, los ciudadanos pueden confiar en el rigor del proceso de evaluación científica de la seguridad, la eficacia y la calidad de las vacunas antes de que se apruebe su administración más generalizada.
La evidencia sobre la seguridad antes de la autorización por las autoridades reguladoras:
En el expediente de registro de las vacunas contra la COVID-19 se deben incluir pruebas de su inocuidad, que se obtienen durante todas las fases de su desarrollo. En los ensayos clínicos se verifica exhaustivamente que las vacunas sean seguras, y las pruebas pertinentes se presentan a las autoridades reguladoras para que las examinen como parte del proceso de autorización.
Se deben investigar todos los eventos adversos observados, y las empresas que optan a obtener autorizaciones de comercialización han de notificarlos en el expediente de registro. Por lo general, las autoridades exigen que se haga un seguimiento a todos los participantes incluidos en los ensayos clínicos por un período de al menos uno o dos meses a partir de la fecha en que reciben la última dosis vacunal. De acuerdo con la experiencia adquirida con la vacunación, la mayoría de los eventos adversos se suelen producir en ese periodo, aunque también hay efectos infrecuentes que pueden no detectarse hasta que no se vacuna ampliamente a la población. Asimismo, se puede hacer un seguimiento más prolongado (por ejemplo, de 6 a 12 meses o incluso durante más tiempo) de los individuos que hayan participado en las fases iniciales de los ensayos clínicos de cada vacuna. También se hará un seguimiento durante un mínimo de un año a muchos participantes en los ensayos para comprobar cuánto dura la protección conferida por cada vacuna y para mantener la vigilancia sobre sus efectos adversos. Las autoridades reguladoras analizarán detenidamente los datos sobre seguridad obtenidos en estos ensayos más prolongados como parte de la vigilancia de la seguridad posterior a la autorización.
Eficacia:
Además de la información sobre los tipos de respuestas inmunitarias inducidas por cada vacuna, deben presentarse a las autoridades reguladoras los datos de los ensayos clínicos que se hayan diseñado correctamente para demostrar que la vacuna previene la COVID-19. De acuerdo con los datos disponibles, en los ensayos clínicos se vacunó a un número suficiente de personas como para evaluar suficientemente la eficacia (por lo general, se vacuna a, al menos 10 000 personas y a menudo se alcanzan las 30 000, aparte de los individuos que forman parte en los grupos de control). En los ensayos clínicos se debe incluir a una serie de grupos de edad y de personas con enfermedades. Habida cuenta de los efectos desproporcionados de la COVID-19 en las personas de edad avanzada, en los ensayos clínicos sobre las vacunas se ha incluido a muchos participantes de ese grupo.
En los ensayos clínicos sobre las vacunas candidatas se ha comprobado que estas reducen de forma muy significativa la COVID-19 en los individuos vacunados con respecto a los grupos de control no vacunados, como demuestra la reducción del número de infecciones por SARS-CoV-2 confirmadas en laboratorio.
Calidad:
Todas las vacunas contra la COVID-19 autorizadas se deben fabricar de acuerdo con estrictas normas reglamentarias relativas a las prácticas correctas de fabricación. Las autoridades reguladoras evalúan los datos para confirmar que los procesos de fabricación en cada instalación de producción están bien controlados y son uniformes. Entre esos datos se debe incluir información acerca de la composición, la pureza y la dosis de la vacuna, así como de cada etapa de fabricación y de los controles aplicados para asegurarse de que todos los lotes son, uniformemente, de alta calidad. En el expediente que se presenta para pedir la comercialización también se deben proporcionar datos sobre la estabilidad de la vacuna. Una vez concedida dicha autorización, las autoridades reguladoras de cada país evalúan algunos lotes antes de que se distribuyan a fin de comprobar que cumplen los requisitos nacionales.
Vigilancia de la seguridad y la eficacia de las vacunas después de autorizar su comercialización:
Después de que se haya autorizado el uso de una vacuna, las autoridades reguladoras llevan a cabo una vigilancia exhaustiva de su eficacia y su seguridad y de las actividades desarrolladas para reducir al mínimo los riesgos a que puedan exponer. Como parte de la farmacovigilancia, deben evaluar continuamente la posible toxicidad de las vacunas para asegurarse de que los beneficios que comportan continúan superando los posibles riesgos. Con ese fin:
- examinan y analizan los efectos adversos notificados por los profesionales de la salud y los consumidores y exigen a las empresas fabricantes (a las que, en ocasiones, se denomina «patrocinadores») que les informen sobre los eventos adversos de los que han tenido conocimiento tanto en el país de la autoridad reguladora como en el resto del mundo;
- en el caso de muchas autoridades reguladoras, aplican sistemas pasivos de vigilancia más avanzados; por ejemplo, pueden hacerlo para comparar rápidamente el número de efectos adversos que, de acuerdo con las previsiones, pueden ocurrir por casualidad o para acceder a datos sobre el uso actual de las vacunas en distintos lugares. Varias autoridades han aplicado también sistemas de trazabilidad de las vacunas que aplican a distintos lotes y marcas;
- actúan con rapidez para mitigar los riesgos, teniendo en cuenta también la información sobre los nuevos problemas de seguridad que intercambian los investigadores y otras autoridades reguladoras gracias a la colaboración internacional;
- examinan la bibliografía médica y otras fuentes de información reciente relativa a la seguridad;
- exigen a los fabricantes que mantengan la vigilancia de la seguridad en los ensayos clínicos en curso de sus vacunas; y
- en el caso de muchas autoridades reguladoras, exigen también a los fabricantes que dispongan de planes de gestión de riesgos en los que expliquen cómo controlarán y reducirán al mínimo los riesgos asociados con sus vacunas, lo cual puede incluir nuevos estudios epidemiológicos.
Es muy importante que los profesionales de la salud no solo informen diligentemente de todos los eventos adversos que presenten sus pacientes, sino también que indiquen a las personas vacunadas que los notifiquen de inmediato a un profesional de la salud o las autoridades sanitarias de sus países, siempre que en ellos se permita que los usuarios informen directamente a dichas autoridades. Si se notifican todos los eventos pertinentes, las autoridades reguladoras podrán evaluar mejor si son causados por una vacuna y también podrán ayudar a detectar posibles problemas de toxicidad causados por las nuevas vacunas.
Como parte del examen y la vigilancia de todos los casos sospechosos de efectos adversos de las vacunas, las autoridades reguladoras elaboran listas de efectos adversos de especial importancia que incluyen algunos eventos asociados con otras vacunas (por ejemplo, casos de anafilaxia) y eventos graves que es importante vigilar muy estrechamente, a pesar de que no haya evidencias de que se produzcan como efecto de vacunas específicas. Es importante disponer de información sobre las tasas de estos eventos que podrían darse en las personas no vacunadas con el fin de detectar rápidamente cualquier incremento, para que pueda ser investigado exhaustivamente por las autoridades reguladoras.
Lamentablemente, durante la administración generalizada de vacunas contra la COVID-19, que incluye a personas de edad avanzada o que sufren enfermedades, se registrarán defunciones y síntomas graves no relacionados con las vacunas pero que coincidirán en el tiempo con su administración. Cada autoridad reguladora, en consulta con los fabricantes de vacunas y los expertos médicos pertinentes, se debe encargar de determinar las causas reales, con especial atención a la vigilancia de la seguridad en determinados grupos, como las embarazadas, las personas con enfermedades graves, los ancianos, los niños y las personas a quienes se administran vacunas para ver prevenir otras enfermedades.
Cuando se detectan problemas de seguridad, las autoridades reguladoras, colaborando a menudo con las autoridades de salud pública, actúan resueltamente mediante medidas como: publicar información sobre seguridad para los pacientes, los profesionales de la salud y el público en general; poner al día las fichas técnicas de las vacunas y la información destinada a los usuarios; prohibir la distribución de determinados lotes; y adoptar otras medidas reglamentarias, como restringir la autorización de comercialización a un grupo específico de personas o incluso suspender la autorización.
Eventos adversos notificados habitualmente
Los eventos más notificados en relación con las vacunas contra la COVID-19 son efectos adversos previsibles de las vacunas, como dolor de cabeza, cansancio, dolor muscular y articular, fiebre, síntomas del resfriado y dolor en el lugar de inyección. La aparición de estos eventos adversos confirma lo que ya se ha observado en los ensayos clínicos sobre estas vacunas.
Eventos adversos de especial interés
Las autoridades reguladoras aprueban y mantienen la aprobación de una vacuna solo si determinan que sus beneficios conocidos y potenciales superan sus riesgos conocidos y potenciales.
La anafilaxia es un efecto secundario muy poco frecuente que puede ocurrir con cualquier vacuna. Se han notificado otros efectos adversos que incluyen debilidad facial, convulsiones, pérdida del sentido del gusto o el olfato y eventos cardiacos, pero no se ha confirmado que ninguno esté relacionado causalmente con las vacunas.